jueves, 26 de octubre de 2006

DISCRIMINACIONES QUE SUPIMOS CONSEGUIR

Esta semana, Buenos Aires cuenta con la visita de dos intelectuales españoles que han abordado la cuestión gay, cada uno desde su campo de estudio. Se trata de Javier Ugarte Pérez (filósofo y militante de la Fundación Triángulo, de España) y de Juan Herrero Brasas (profesor de Ética Social en la California State University). Su labor en la Argentina se concetra en una serie de conferencias organizadas por la Dirección de Cultura de la Facultad de Ciencias Sociales de la UBA, con el título de "Legislación estatal, diversidad sexual y religión". Como miembro de GLOBA Diversidad, allí me han de encontrar en estos días, participando ACTIVAMENTE (chan!!!).
En la primera de las conferencias, a cargo de Ugarte Pérez, se desarrolló el tema de las leyes que, hasta la fecha, han contemplado el caso de las parejas de personas del mismo sexo, con planteos y visiones por demás interesantes. Paso a contarles.

No todos los gobiernos tienen la misma voluntad legisladora ni concuerdan sobre lo que debe legislarse o no. Uno de los casos paradigmáticos es el trato diferencial que se le otorga al matrimonio cuando involucra a parejas de distinto sexo o parejas del mismo sexo.
En 1989, Dinamarca se destacó como el primer país en el mundo que autorizó las uniones entre personas del mismo sexo. Recuerdo con claridad el revuelo que la noticia generó en la opinión pública mundial y la euforia que despertó en aquellos que desde siempre soñamos con un universo permeable al respeto por la diversidad sexual. Aquella ley iniciaba la primera fase en la lucha por los derechos de gays, lesbianas y trans respecto del matrimonio, continuada por legislaciones similares en el resto de los países escandinavos, durante la década del '90.
Sin embargo, aquellas leyes (que parecieron tan "desprejuiciadas" en un primer momento) estaban muy lejos de respetar nuestros derechos como ciudadanos.
En principio, se trata de "leyes especiales", solo aplicables a los homosexuales. Una barrabasada jurídica que, de por sí, viola los más básicos principios democráticos y considera a los homosexuales como ciudadanos de segunda. La ley danesa no considera que la unión de dos personas del mismo sexo esté encuadrada dentro del concepto de matrimonio (de ahí una ley especial) y crea el concepto de "unión civil" o "unión de parejas de hecho", entidad para la que rigen menos obligaciones pero también menos derechos y que solo engloba a parejas de homosexuales. El matrimonio (exclusivamente heterosexual) contempla, por ejemplo, el derecho a pensión, a herencia y a adoptar, tanto nacional como internacionalmente. La ley del '89, negaba en un principio la posibilidad de adopción por parte de parejas de homosexuales. En 1999, se incorpora el derecho de adopción "nacional". Sin embargo, esto es casi una entelequia, ya que en Dinamarca no abundan los danesitos huérfanos. La ley sueca de 1994 incluso deja afuera el derecho a pensión, un flagrante retraso respecto de la ley danesa.
Cabe preguntarse entonces: ¿dónde quedó aquello de la "IGUALDAD ANTE LA LEY"? Es evidente que los homosexuales no hemos sido tratados con equidad, aun cuando sea justo considerar a las leyes nórdicas como un verdadero avance, si las comparamos con los siglos y siglos de represión social y jurídica.
No obstante, el caso nórdico es, a las claras, una muestra más de la segregación homofóbica que nos condena a una mera unión de segundo orden. Con la aprobación de esas leyes, solo han permitido que dos personas del mismo sexo, cuyos derechos eran desconocidos por completo, pasaran a gozar solo de algunos, pero al precio de consagrar la desigualdad. Sorprende que los tribunales constitucionales de esos países, tan respetuosos de los derechos humanos, hayan aceptados que sus ciudadanos fueran tratados de distinta manera por el Estado, algo que en Europa no sucedía desde el período previo a la 2ª Guerra Mundial, con la cuestión judía en la Alemania nazi.
El tema de la adopción no es un tema menor. Un Estado que niega a los homosexuales la posibilidad de adoptar es un Estado que (por lo menos) desconfía de la capacidad de éstos para educar a un hijo con idoneidad (léase, responsabilidad y amor). Es un Estado que duda de nuestra catadura moral. O sea, un Estado que, a fuerza de desconocer nuestra idiosincracia, nos segrega.
Entonces, ¿por qué tanta algarabía en aquellas postrimerías de los años '80? Simplemente, porque después de una sempiterna historia de sojuzgamiento, la sed de reconocimiento, aunque fuera una migaja de respeto, fue más fuerte que todo principio ideológico.

Claro que, a partir del 2000, la ley holandesa abriría las puertas a una segunda etapa. Pero ese es tema para otro día. Por hoy, lo dejamos acá.

Desde las frescas callecitas de la Misteriosa Buenos Aires, se despide Víktor Huije, un homosexual argentino que todavía no puede casarse legalmente con su marido pero que día a día da muestras de su idoneidad para educar a sus hijos.

1 comentario:

Gustavo dijo...

No quería irme sin dejarte mi opinión.
Como ya sabrás por mi blog, yo soy anarquista y no creo en las leyes. Pero sí creo que todas las personas deben ser tratadas con equidad, respeto y justicia, sin importar sus preferencias sexuales, su color de piel o cualquier otra diferencia que podamos tener.
Es importante darse cuenta que no somos todos iguales y por lo tanto no podemos ser tratados por igual. Sí debemos ser tratados con igual justicia, con derechos equivalentes, respetando y considerando las diferencias de cada uno.

Novelas de Carlos Ruiz Zafón